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Inscripción consular de nacimiento

Las inscripciones de menores de edad deben solicitarse por ambos padres.

Requisitos:

1.- Certificado de nacimiento original del menor, emitido por la autoridad competente del país de origen.

    • Dicho documento debe estar debidamente Apostillado. Si el país en que nació el menor no pertenece a la Convención de la Haya, debe ser legalizado en el Consulado de Chile.
    • Si el certificado y su apostilla no se encuentran en español, se debe adjuntar la traducción no oficial de cada uno.
    • El certificado original de nacimiento, no será devuelto.
    • El contenido de las traducciones del inglés al español, para que sean aceptadas por el Servicio de Registro Civil e Identificación de Chile, debe estar registrado en nuestro sistema de escritura o alfabeto, y no contener caracteres distintos al mismo. Cuando los nombres o apellidos originales contengan caracteres diferentes a nuestro alfabeto, deberán transliterarse.

2.- Cédula de identidad vigente del padre y/o madre chileno/a.
3.-
Pasaporte y/o DNI vigente del padre o madre extranjero.
4.-
Cédula de identidad vigente del menor (si tuviera).
5.-
Certificado de nacimiento chileno del padre y/o madre, actualizado a la fecha del trámite.
6.-
Certificado de matrimonio o unión civil de los padres (si correspondiera).
7.- Niños y niñas mayores de 6 años, deben asistir al Consulado para toma de  huellas dactilares
8.-
Foto a color 5x5 del menor a inscribir.
9.- Ambos padres deberán completar y firmar el Formulario C-9 que determina el orden de los apellidos por mutuo acuerdo de los progenitores (Ley 21.334).

          Consideraciones:

          1.- Se deben presentar ambos padres y el menor (mayor de 6 años) para realizar el trámite en el Consulado.

          2.- Si el padre o la madre chileno/a está
          fallecido/a, se debe presentar certificado de defunción. En el caso que hayan fallecidos en el extranjero, se debe inscribir la defunción previa o conjuntamente a la inscripción de nacimiento del interesado, debidamente apostillado/legalizado en el país de origen.

          3.-
          Si el padre o la madre son hijos de chilenos y no están inscritos como chilenos, deben presentar su certificado de nacimiento original del país de origen, debidamente apostillado/legalizado. En este caso, el abuelo/a chilena deberá realizar una declaración jurada en el Consulado, indicando el parentesco con el menor.

          4.- Si el padre o la madre está
          inscrito como chileno y es nacido en el extranjero, se deberá, además, presentar el certificado de nacimiento y cédula de identidad del abuelo y/o la abuela nacidos en Chile, para acreditar el vínculo consanguíneo.

          5.- Los abuelos/as no pueden solicitar la inscripción de nacimiento de algún nieto/a en el consulado, sino que directamente en la Oficina de Inscripciones Extranjeras del Servicio de Registro Civil e Identificación, ubicada en Huérfanos 1570, piso 2, Santiago, Chile.

          6.- Los hijos de nacionalizados por carta de nacionalización, se pueden inscribir posterior a la fecha de la nacionalización del o los padres.

          7.- Una vez finalizado el proceso de inscripción podrá solicitar la cédula de identidad y el pasaporte chileno.

          → ver : Revise horarios de atención y teléfonos de contacto del Consulado Chileno

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