El Ministerio de Relaciones Exteriores de Chile a través de su Red Consular, puede asistir y otorgar protección a todos los chilenos de paso o residentes en el exterior ante situaciones de emergencia. Pero por otra parte, existen materias en donde no podemos ayudarte, tales como:
- El Consulado no puede prestar dinero ni asistir en aspectos relativos a pasajes, traslados, reservas de hotel, repatriaciones, multas o aspectos similares, tampoco pagar infracciones de ningún tipo.
- El Consulado no puede contratar abogado en caso de tener un problema con la justicia.
- El Consulado no cumple funciones de agencia de viaje o línea aérea, ni puede intervenir en la relación entre privados como por ejemplo: cambio de pasajes, búsqueda de maletas, diferencias entre un pasajero y la compañía.
- El Consulado no puede adelantar una suma de dinero por urgencia, sin que ésta sea depositada con anterioridad.
- Si no cumples con los requisitos de ingreso del país de destino, el Consulado no puede intervenir ante la facultad que tiene la policía de migraciones para denegar su ingreso. No obstante, puedes informar al Consulado para que tome conocimiento.
- El Consulado no puede recibir en custodia, dineros, valor, maletas, entre otros.
- El Consulado no puede efectuar trámites en relación a la obtención, renovación y/o revalidación de la licencia de conducir. Ante estos casos, sin embargo, solamente se puede extender un Certificado de Hoja de Vida del Conductor.
Si deseas saber que puede ayudarte tu Consulado, averigua acá: http://goo.gl/bxqCYn
Es importante siempre que antes de realizar tu viaje, registra tus datos en el Registro de Viajeros. Por otra parte, es importante que contrates un Seguro o Asistencia en Viaje, te puede ayudar en momentos de emergencia.