Descripción:
Es la tramitación de un beneficio previsional en favor de la madre de el o los hijos(as) de filiación no matrimonial.
El artículo 24 de la Ley Nº 15.386 y su Reglamento el DS Nº 195 de 1965, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, regulan el derecho a pensión de montepío a la madre de los hijos de filiación no matrimonial de imponente fallecido, cumpliendo con los requisitos de haber sido soltera o viuda al momento del fallecimiento y de haber vivido a expensas de éste.
¿A quién está dirigido el trámite?
A la(s) madre(s) de hijos(as) de filiación no matrimonial del causante.
Requisitos:
- Solicitud Única de Beneficios Previsionales (Descargable)
- Certificado de Defunción emitido por el Registro Civil chileno (SNRCeI)
- Certificado de Nacimiento de ambos (causante y solicitante)
- Certificado de Nacimiento de el o los hijos en común (que indique nombre de los padres)
- Fotocopia de la Cédula de Identidad del causante y del beneficiario, legalizada por el Consulado.
- Declaración Jurada de Convivencia y de haber vivido a expensas del causante, legalizada por el Consulado.
- Fotocopia de Liquidación de Pago o Certificado de Imposiciones
- Ficha para Remesa del Beneficio (Descargable)
- Certificado Bancario de la cuenta del solicitante (Emitida y firmada por el Banco, que indique: Cuenta de titularidad del beneficiario, tipo y número de cuenta, nombre del Banco, domicilio del Banco, Sucursal, códigos de transferencia internacional SWIFT, IBAN, CBU, según corresponda)
- Formulario de Antecedentes Bancarios (Descargable)
Importante:
- Los requisitos y también los documentos pueden variar entre las ex cajas de previsión social, por lo anterior, ante la eventualidad se podrían solicitar documentos adicionales.
- Los beneficiarios que vivan en Argentina o Suecia, no es necesario que presenten el certificado bancario y el formulario de antecedentes bancarios, además podrán solicitar ante el consulado que el pago sea remitido a través de la empresa Western Unión.
¿Cómo y dónde hago el trámite?
Reúna los antecedentes mencionados y :
- Tome contacto con el consulado chileno correspondiente al lugar donde reside y solicite un turno.
- Explique el motivo de su consulta: solicitar la pensión de sobrevivencia del IPS para chilenos residentes en el extranjero.
- Como resultado del trámite, habrá solicitado la pensión de sobrevivencia del IPS.
¿Cuál es el costo del trámite?
No tiene costo.