Los chilenos residentes en el extranjero pueden solicitar su retiro del 10% directamente a las AFP, sin necesidad de concurrir a un Consulado.
La Superintendencia de Pensiones ha impartido instrucciones a todas las AFP para reforzar sus canales de atención directa, de forma tal de hacer más expedita la tramitación de los retiros del 10% solicitados desde el extranjero, sin pasar por los consulados.
Para ello, las AFP deben proveer canales de comunicación para que los afiliados residentes en el extranjero puedan contactar con facilidad a la Administradora, mediante correo electrónico, teléfono, chat u otro medio digital de comunicación, de modo tal de poder resolver las situaciones que les aquejan—tanto a aquellos afiliados que ya han solicitado su retiro y enfrentan problemas con la materialización del pago, como aquellos que aún no han podido hacerlo—siendo responsabilidad de la Administradora la atención expedita de los afiliados y beneficiarios en esta situación.
Plazos para materializar el retiro de fondos:
Tercer retiro: 28 de abril 2022 (Ley 21.330)
Los trámites se pueden realizar directamente en las plataformas digitales de las respectivas AFP, sin concurrir al Consulado.
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