El artículo único se intercala en el artículo 13 de la Constitución Política de la República, estableciendo que “los ciudadanos con derecho a sufragio que se encuentren fuera del país podrán sufragar desde el extranjero en las elecciones primarias presidenciales, en las elecciones de Presidente de la República y en los plebiscitos nacionales. Una ley orgánica constitucional establecerá el procedimiento para materializar la inscripción en el registro electoral y regulará la manera en que se realizarán los procesos electorales y plebiscitarios en el extranjero, en conformidad con lo dispuesto en los incisos primero y segundo del artículo 18”.
Firman la ley la Presidenta de la República, Michelle Bachelet; la Ministra Secretaria General de la Presidencia Ximena Rincón González y el Ministro del Interior y Seguridad Pública Rodrigo Peñailillo Briceño.