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Inscripción consular de unión civil

Según la legislación chilena, el Acuerdo de Unión Civil, o simplemente unión civil, es un contrato celebrado entre dos personas, que comparten un hogar, con el propósito de regular los efectos jurídicos derivados de su vida afectiva en común, de carácter estable y permanente. Esta modalidad entró en vigencia el año 2015 y está normada por la Ley N°20.830, que también regula los actos familiares de similares características celebrados en el extranjero.


Descripción:

Permite inscribir en el consulado correspondiente un acuerdo de Unión Civil (AUC) celebrado en el extranjero entre dos chilenos o entre un chileno y un extranjero, para que sea incorporado en el Registro Especial de Acuerdo de Unión Civil.

La inscripción del AUC debe ser requerida por el conviviente chileno. El trámite se puede realizar durante todo el año en el consulado respectivo, y en Chile en las oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI cuando el certificado fundante está debidamente legalizado o apostillado).

Para optar por el Régimen Patrimonial, la inscripción debe ser solicitada por ambos interesados. Si la inscripción es solicitada y firmada solo por uno de los convivientes se registra sin Régimen Patrimonial.

¿A quién está dirigido?

Chilenos que se encuentran en el exterior y desean registrar su AUC en Chile.

¿Qué necesito para hacer el trámite?

  • Certificado original de la Unión Estable de Hecho emitido por la autoridad competente del país, Apostillado o legalizado por el Cónsul Chileno (si el país no pertenece a la Convención de la Haya).
  • En el caso que el certificado fundante esté en un idioma distinto al español, debe adjuntar traducción integra con media firma del Cónsul y timbre del consulado.
  • Cédula de identidad vigente, Pasaporte o DNI vigente de ambos interesados.
  • Uno o ambos contrayentes deben ser de nacionalidad chilena

¿Cuál es el costo del trámite?

Consulte en el consulado correspondiente o en el departamento del Registro Civil del Ministerio de Relaciones Exteriores en caso que corresponda.

¿Cómo y dónde hago el trámite?

  • Reúna los antecedentes mencionados requeridos.
  • Diríjase a:

o En el exterior: en el consulado de Chile respectivo.
o En Chile: oficina del Servicio de Registro Civil e Identificación (SRCeI), si el certificado de matrimonio fundante está debidamente legalizado o apostillado (según corresponda), y traducido (si es necesario). Al presentarse cualquier inconveniente o duda respecto del trámite, acudir al departamento de Registro Civil del Ministerio de Relaciones Exteriores, ubicado en Teatinos 180, Santiago.
Horario: lunes a viernes desde las 9.00 a las 14.00 horas. 

  • Explique el motivo de su visita: realizar la inscripción de un AUC efectuado en el extranjero.
  • Entregue los antecedentes requeridos.
  • Como resultado del trámite, habrá iniciado el proceso de inscripción del AUC para que sea oficialmente reconocido en Chile.

Importante: Consultar tiempo aproximado del trámite al momento de realizar la inscripción.
Una vez finalizado el proceso de inscripción, podrá solicitar el certificado de matrimonio chileno.

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